ANTECEDENTES DEL PROCESO
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 288 a 291 vta, presentado por Luciano Coronado Gonzales por Severino Apolinar Coronado Gonzales, contra el Auto de Vista Nº 595/2013, cursante de fs. 281 a 282, emitido el 02 de diciembre de 2013 por la Sala Civil Primera, Comercial y Familiar del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario de Acción Negatoria y Reivindicatoria, seguido por Severino Apolinar Coronado Gonzales y Luciano Coronado Gonzales contra Justiniano Coronado Gonzales y Roberto Carlos Varela Villagómez, la concesión de fs. 298; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:
El Juez de Partido Cuarto en materia Civildictó Sentencia por la cual declaró Improbada en todas sus partes la demanda principal de acción negatoria y reivindicatoria, Improbadas las excepciones perentorias de improcedencia de la acción negatoria y de falta de requisitos exigidos para la procedencia de la reivindicación, Probadas las excepciones perentorias de falta de requisitos exigidos para la procedencia de la reivindicación, falta de acción y derecho por falta de objeto cierto y determinado de fs. 36 vlta. a 37 de obrados, interpuesta por Justiniano Coronado Gonzales y, las excepciones perentorias de improcedencia de acción negatoria, falta de acción y derecho en los demandados e improcedencia de la acción negatoria y reivindicatoria por falta de objeto cierto y determinado de fs. 51 vta de obrados, interpuesto por Roberto Carlos Varela Villagómez, con costas a favor de la parte demandada
- Proceso
- Distrito
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Contra dicha resolución del Juez A quo, recurrió en apelación los demandantes, solicitando que se
- A dicha solicitud y apelación interpuesta, el Tribunal de Alzada, mediante Auto de Vista de
- Debido al Auto de Vista emitido, la parte demandante recurre en casación en el fondo,
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION
- Por dicho motivo, el recurrente, acusa de errónea aplicación del art
- En base a ese argumento solicita que sea casado el Auto de Vista y se
- Estando en debate la procedencia de la acción negatoria, conviene realizar las siguientes consideraciones
- Otra característica de estas acciones reales es que está reservada a los titulares del derecho
- Néstor Jorge Musto en su obra Derechos Reales (tomo 2, pág
- Ahora, respecto a la acción negatoria la doctrina también establece que no difiere de la
- Nuestra legislación es coincidente en su función regulatoria con la base doctrinal esgrimida supra; en
- La norma precitada cuando refiere que el propietario puede demandar a quien afirme tener derechos
- Establecida la naturaleza jurídica de la acción negatoria, ingresamos a realizar análisis en función
- Siendo así la parte trascendental del recurso, resulta necesario retrotraer instancias hasta el momento en
- Con dicho poder el demandado Justiniano Coronado Gonzales en representación de sus demás hermanos ahora
- Ahora el hecho de que se realizó la transferencia en base a un poder otorgado
- De lo expuesto y en virtud a los antecedentes señalados, concluiremos indicandoque el art
- Por lo indicado corresponde dar aplicación a lo normado en los arts
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Primero
