Ante esa situación, notificada la solicitante, en fecha 22 de febrero de 2012 presentó su
Ante esa situación, notificada la solicitante, en fecha 22 de febrero de 2012 presentó su Cédula de Identidad, expedido el 10 de febrero de 2010, donde consta su estado civil de viuda, más su declaración jurada. Subsanada así la observación, la Comisión de Calificación de Rentas, sosteniendo nuevamente que la solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos, mediante Resolución Nº 00004216 de 11 de mayo de 2012 (fs. 154), resolvió otorgar en favor de: Soledad Elena Llobet Mac Gavin, renta básica de viudedad equivalente al 80% de la renta que le correspondía a su causante, en el monto de Bs.3.304,55 (TRES MIL TRESCIENTOS CUATRO 55/100 BOLIVIANOS) incluido incrementos de Ley, que se pagará a partir del mes de marzo de 2012
- Auto Supremo Nº 18/2014
- Sucre, 17 de abril de 2014
- Expediente: SSA.II-TJA.18/2014
- Distrito: Tarija
- Notificada con la Resolución mencionada, la derechohabiente presentó Recurso de Reclamación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la solicitante de fs
- 2
- Concluyen solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, deliberando en el fondo dicte Auto Supremo
- En ese sentido, corresponde en principio señalar que el tribunal ad quem al emitir el
- Subsanada la observación, la Comisión de Calificación de Rentas emitió la Resolución Nº 97 de
- Ante esa situación, notificada la solicitante, en fecha 22 de febrero de 2012 presentó su
- Expuestos así los antecedentes del trámite administrativo, corresponde señalar en principio que por imperio
- En cuanto a la supuesta transgresión del art
- Consiguientemente, corresponde aplicar conforme a lo establecido en los arts
- Sin costas, por disposición de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
