POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en los artículos 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial declara INFUNDADO el recurso de casación de fs. 863 a 865, con costas
- Auto Supremo Nº27/2014
- Sucre, 21 de abril de 2014
- Expediente: SSA.II-CBBA.33/2014
- Distrito: Cochabamba
- En apelación deducida por la empresa recurrente (fs
- La Resolución de apelación motivó el recurso de casación y/o nulidad (fs
- El Tribunal Supremo de Justicia a través del AS Nº 10/2012 de 10 de febrero,
- Que, en la especie, el desahucio es la sanción aplicada al empleador por la inobservancia
- Al respecto el art
- En mérito a lo anotado, este Tribunal no encuentra fundados los motivos expuestos en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez
