Auto Supremo AS/0078/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0078/2014-RA

Fecha: 01-Abr-2014

2) Como segundo agravio identificado, el recurrente señala que el Tribunal de alzada habría incurrido


2) Como segundo agravio identificado, el recurrente señala que el Tribunal de alzada habría incurrido en incongruencia omisiva, pues no se pronunció sobre los reclamos de su apelación restringida titulados: “a. De la acusación interpuesta en mi contra por el Ministerio Público y su referencia en la Sentencia” (sic); y, “1.2. Defectos de la sentencia – Fundamentación insuficiente de la sentencia impugnada – Art. 370-5 del Código de Procedimiento Penal…” (sic), cuyos argumentos también los transcribe en su integridad; arguyendo que los mismos no merecieron fundamentación alguna, incurriendo el Auto de Vista en silencio, por lo que, señala, ingresó en contradicción con el Auto Supremo 4/2013 de 31 de enero, que señalaría en su doctrina legal aplicable que, es premisa que el Auto de Vista se encuentre debidamente fundamentado, cumpliendo con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad, emitiendo criterios jurídicos en todos sus puntos