2) Como segundo agravio identificado, el recurrente señala que el Tribunal de alzada habría incurrido
2) Como segundo agravio identificado, el recurrente señala que el Tribunal de alzada habría incurrido en incongruencia omisiva, pues no se pronunció sobre los reclamos de su apelación restringida titulados: “a. De la acusación interpuesta en mi contra por el Ministerio Público y su referencia en la Sentencia” (sic); y, “1.2. Defectos de la sentencia – Fundamentación insuficiente de la sentencia impugnada – Art. 370-5 del Código de Procedimiento Penal…” (sic), cuyos argumentos también los transcribe en su integridad; arguyendo que los mismos no merecieron fundamentación alguna, incurriendo el Auto de Vista en silencio, por lo que, señala, ingresó en contradicción con el Auto Supremo 4/2013 de 31 de enero, que señalaría en su doctrina legal aplicable que, es premisa que el Auto de Vista se encuentre debidamente fundamentado, cumpliendo con los parámetros de especificidad, claridad, completitud, legitimidad y logicidad, emitiendo criterios jurídicos en todos sus puntos
- Por memorial presentado el 27 de febrero de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el ahora recurrente con el referido Auto de Vista el 20 de febrero
- Del memorial que cursa de fs. 79 a 84 vta., se extraen los siguientes motivos
- Termina este reclamo aseverando que, al haber interpretado de esa manera el Tribunal de alzada,
- 2) Como segundo agravio identificado, el recurrente señala que el Tribunal de alzada habría incurrido
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente José Andrés Mareño Rosales cumplió
- Sobre el segundo motivo, el imputado refiere que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
