Del memorial que cursa de fs. 79 a 84 vta., se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 79 a 84 vta., se extraen los siguientes motivos:
Previo a desarrollar su recurso, señala que el Auto de Vista impugnado carece de fundamentación en relación a varios agravios que fueron parte de su apelación, decisión de los vocales que no coincide con la doctrina legal aplicable, por ello se vulnera la garantía del debido proceso y el derecho a la defensa
- Por memorial presentado el 27 de febrero de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- c) Notificado el ahora recurrente con el referido Auto de Vista el 20 de febrero
- Del memorial que cursa de fs. 79 a 84 vta., se extraen los siguientes motivos
- Termina este reclamo aseverando que, al haber interpretado de esa manera el Tribunal de alzada,
- 2) Como segundo agravio identificado, el recurrente señala que el Tribunal de alzada habría incurrido
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constata que el recurrente José Andrés Mareño Rosales cumplió
- Sobre el segundo motivo, el imputado refiere que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
