Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0098/2014-RRC
Fecha: 07-Abr-2014
II.3. Del Auto de Vista
II.3. Del Auto de Vista
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Por memorial presentado el 10 de enero de 2014, cursante de fs
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Que el recurso de casación de referencia tuvo origen en los siguientes antecedentes
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Alegan los recurrentes que, el Auto de Vista impugnado carece de fundamentación y vulnera el
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Mediante Auto Supremo 036/2014-RA de 20 de febrero, cursante de fs
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De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
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Mediante Sentencia 05/08 de 10 de abril de 2008 (fs
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II.2. De las apelaciones restringidas
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Efectuadas las notificaciones con dicha Sentencia, los imputados Edmundo Montaño Grágeda y Eugenia Mercado Ayala,
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Con estos argumentos, solicitaron se anule la Sentencia y se dicte una nueva declarándoles absueltos
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II.3. Del Auto de Vista
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Radicadas las apelaciones restringidas en la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de
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Respecto a la introducción de las pruebas de cargo signadas como “AF-13 y AF-14”, expresa
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En relación a la supuesta valoración defectuosa de las pruebas testificales, menciona que el Tribunal
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En cuanto a la supuesta falta de fundamentación de la Sentencia, o que la misma
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Por lo tanto, el Tribunal de alzada declaró improcedentes los recursos de apelación interpuestos por
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En el presente caso, este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por los imputados,
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A ese fin, es necesario partir del contenido de los recursos de apelación restringida formulados
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Ahora bien, de la revisión del Auto de Vista impugnado, se desprende que el Tribunal
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En lo que concierne a la introducción y posterior judicialización de las pruebas de cargo
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Respecto a la defectuosa valoración de la prueba, el Tribunal de Alzada citando y transcribiendo
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Finalmente, la acusada falta de fundamentación, contradicción o inobservancia de las reglas de deliberación y
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Por los motivos expuestos, se concluye no ser evidente que se haya violentado el principio
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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