Auto Supremo AS/0103/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2014

Fecha: 29-Abr-2014

Que dentro de la tramitación del proceso, pese a que se ha demostrado por las


Que dentro de la tramitación del proceso, pese a que se ha demostrado por las declaraciones testificales de Filiberto Mejía de Condori, Milton Roberto Amaru, Edwin Gutiérrez Meneces, que el actor nunca trabajó en la empresa DISPROAL B&B, éstas no se las ha tomado en cuenta, al igual que la confesión provocada de fojas 30 en la cual el demandante miente indicando que trabajó desde el 20 de diciembre del 2004 por espacio de un año y cuatro meses, sin embargo, indica que habían 12 trabajadores en la empresa, de los cuales no conoce sus nombres, así como tampoco conoce la ubicación exacta de la empresa, sin embargo el Tribunal de Alzada, no ha realizado una exhaustiva revisión de la prueba aportada por ambas partes pretendiendo tomar como hecho cierto que el demandante hubiera trabajado como encargado de negocios, sin embargo, no conoce ni sabe los nombres y direcciones de los clientes de la empresa, debiendo ser utilizada la lógica jurídica pues no puede existir un encargado de ventas que no conozca a sus clientes y sus direcciones, quedando claro que el actor nunca trabajó en la empresa, simplemente utilizó una certificación de trabajo, la credencial y un contrato que se le otorgó de favor