Auto Supremo AS/0104/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0104/2014-RA

Fecha: 09-Abr-2014

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

a)Desarrollada la audiencia de juicio oral, por Sentencia 09/2013 de 19 de agosto (fs. 16 a 26), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, determinó Sentencia condenatoria en contra de David Joaquín Díaz Torres y César Enzo Casazola Achacollo por los delitos de Peculado, Malversación y Conducta Antieconómica previstos y sancionados por los arts. 142, 144 y 224 del CP, respectivamente, imponiéndoles la pena privativa de libertad de tres años de reclusión, más el pago de costas, daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia.

b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el Fiscal de la Unidad Anticorrupción de Pando (fs. 35 a 38) y los co-imputados Cesar Enzo Casazola Achacollo (fs. 32 a 33 vta.) y David Joaquín Díaz Torrez (fs. 41 a 47 vta.), dichos recursos fueron resueltos por Auto de Vista de 17 de febrero de 2014 (fs. 76 a 80), que declaró improbada la excepción de prescripción y probada la excepción de prejudicialidad, disponiendo en consecuencia la suspensión de la causa, hasta que la Sentencia del proceso coactivo fiscal adquiera la calidad de cosa juzgada y considerando que la suspensión del proceso debe retrotraerse al momento en que interpuso la excepción en el juicio, lo actuado con posterioridad queda sin efecto, aclarando además que resulta innecesario resolver los demás puntos de apelación