Del memorial que cursa de fs. 617 a 621, se extraen los siguientes motivos
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial que cursa de fs. 617 a 621, se extraen los siguientes motivos:
1) Como primer presunto agravio la recurrente señala que, en apelación restringida denunció que la Sentencia incurrió en errónea aplicación de la ley sustantiva [art. 370 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP)] porque en lugar de subsumir su conducta el art. 200 del CP, se aplicó el art. 199 del mismo Código y que en igual error incurrió el Tribunal de alzada, correspondiendo según señala, la reposición del juicio por otro Tribunal; al respecto, argumenta que la Sentencia cayó en error, al establecer que cuando su persona ingresó la demanda de usucapión al sistema judicial y a consideración de la autoridad del Órgano Judicial, el documento privado se hace oponible a terceros y por ello se convertiría en documento público, fundamento que la imputada considera errado, porque el hecho de que un escrito o documento esté destinado a presentarse ante la autoridad judicial, no lo convierte en instrumento público, pues los documentos públicos son los que cuentan con todas las formalidades señaladas en el art. 1287 del Código Civil (CC); sobre este agravio, la recurrente invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo 17 de 26 de enero de 2007
- Por memorial presentado el 27 de febrero de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Silvia Hurtado (fs
- c) Notificada la imputada María Silvia Hurtado con el referido Auto de Vista, interpuso el
- Del memorial que cursa de fs. 617 a 621, se extraen los siguientes motivos
- 2) Continuando con la expresión de agravios, la recurrente manifiesta que en apelación restringida también
- 3) Finalmente la recurrente, como un tercer motivo o agravio de su recurso, argumenta que
- El art
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se constató que la recurrente observó el plazo para la
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
