En ese contexto el art
Concluyó su argumentación solicitando se anule el Auto de Vista de 10 de febrero de 2014 y que los antecedentes se remitan nuevamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Cochabamba.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
Acogiendo los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza la vigencia del principio de impugnación en los procesos judiciales, que ha sido reglamentada por art. 394 del CPP, al reconocer la impugnabilidad de las resoluciones judiciales, prevé que es dicha norma la que establece los casos, las formas y los requisitos.
En ese contexto el art. 416 del CPP, establece que el recurso de casación tiene como finalidad la impugnación de autos de vista dictados por los Tribunales Departamentales de Justicia cuando éstos sean contrarios a otros precedentes pronunciados por las Salas Penales de esos tribunales o del Tribunal Supremo de Justicia; entendiéndose que existe contradicción, cuando en una situación de hecho similar, el sentido jurídico que se asigna al Auto de Vista impugnado no coincide con el o los precedentes invocados, sea por haberse aplicado normas distintas o una misma norma con diverso alcance
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada interpuso recurso de apelación restringida (fs
- La recurrente, señala como motivos de su recurso de casación los siguientes
- 3) Tercer motivo
- Citó como antecedentes contradictorios, los siguientes Autos Supremos: 59/2007 de 27 de enero, referido a
- Mencionó las Sentencias Constitucionales (SSCC) 0511/2010-R de 5 de julio, 0421/2007-R de 22 de mayo,
- En ese contexto el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- iii) Como única prueba admisible, debe acompañarse copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- A lo señalado, se añade un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, respecto del primer requisito de forma ha sido cumplido por
- Citó como precedentes contradictorios, los siguientes Autos Supremos: 59/2007 de 27 de enero, referido a
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
