2) Como segundo motivo se tiene que, el Tribunal de alzada, al pronunciarse sobre el
2) Como segundo motivo se tiene que, el Tribunal de alzada, al pronunciarse sobre el segundo motivo, refirió que no se habrían demostrado las acusaciones y que advirtieron que no concurrían los elementos de premeditación y alevosía, y que, al haberse hallado culpable al imputado sin la concurrencia de los elementos subjetivos exigidos para el delito de Asesinato, se habría incurrido en el defecto previsto por el inc. 1) del art. 370 del CPP; estos argumentos -señala el recurrente- implican que, el Auto de Vista impugnado resulte extra petita o ultra petita, pues en relación a los dos primeros puntos apelados, al no limitarse a resolverlos, se apartó de sus atribuciones, efectuando una revisión de oficio desde la acusación, prueba, valoración y la Sentencia, inclusive sobre asuntos no cuestionados, con lo que el Tribunal de apelación habría actuado contrariamente a lo dispuesto por el Auto Supremo 250/2012 de 17 de septiembre, cuya doctrina legal señalaría que el Tribunal de apelación debe circunscribirse a los puntos apelados
- Por memoriales presentados el 8 y 9 de abril de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen como motivos de los mismos,
- 2) Precisan como segundo agravio que, el Auto de Vista impugnado incumplió los arts
- Invocan como precedente contradictorio, el Auto Supremo 144/2013 de 28 de mayo
- 3) Arguyen como tercer agravio que, el Auto de Vista impugnado revalorizó la prueba, ya
- 1) Como primer agravio identificado, el recurrente denuncia que, el Auto de Vista, después de
- Asimismo asegura que el Tribunal de apelación, al revalorizar la prueba y realizar conjeturas sobre
- Continúan su argumentación sobre este mismo relamo, indicando que el Auto de Vista impugnado, señaló
- 2) Como segundo motivo se tiene que, el Tribunal de alzada, al pronunciarse sobre el
- Expresa igualmente que, el aludido Auto de Vista resulta “inentendible” (sic), ya que se declaró
- Finalmente, el recurrente cuestiona reiteradamente la fundamentación de Auto de Vista, pues a lo largo
- Respecto a este motivo del recurso, relativo a la falta de fundamentación, que es transversal
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- IV.1. Del recurso de casación de Juan Carlos Muñoz Rosas y Roxana Muruchi Pereira
- En el caso de autos, de la revisión de antecedentes se establece que el recurso
- De la revisión del primer, segundo y tercer agravio, formulados por los recurrentes, en los
- De lo anterior se establece que los recurrentes han cumplido a cabalidad con los requisitos
- En este caso se establece también que, el recurso de casación fue presentado dentro del
- Sobre el cumplimiento del requisito de fondo, los tres motivos del recurso de casación, resumidos
- Respecto al Auto Supremo 179/2013 de 29 de junio, invocado en el primer agravio (Revalorización
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
