Auto Supremo AS/0132/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0132/2014-RA

Fecha: 23-Abr-2014

3) Arguyen como tercer agravio que, el Auto de Vista impugnado revalorizó la prueba, ya


3) Arguyen como tercer agravio que, el Auto de Vista impugnado revalorizó la prueba, ya que al resolver el primer motivo, señaló que se debe tomar en cuenta que la “genealogía del golpe fue proporcionado por delante de la víctima y nunca por sorpresa” (sic), sin que éste aspecto siquiera haya sido apelado, y que lo mismo ocurre cuando se indica: “no existe el hecho motivante” (sic) y que los motivos alegados en las acusaciones no fueron probados. Insisten en esta denuncia señalando que, al resolver el cuarto motivo referido a la falta de fundamentación en la Sentencia, el Tribunal de alzada revalorizó las pruebas “PD-22, conjuntamente a las MP-PD1 y MP-PD9 y PDNº-9”, y sostuvo que no existe prueba objetiva e idónea que demuestre los elementos constitutivos, tanto objetivos como subjetivos, del tipo delictivo; otorgando a la prueba el Tribunal de alzada, un valor distinto al que asignó el Tribunal de sentencia y, además, sobre circunstancias no cuestionadas, llegando incluso a absolver de culpa y pena al imputado, infringiendo el límite establecido por el art. 398 del CPP e incurriendo en el defecto absoluto previsto por el inc. 3) del art. 169 del CPP. Invocan como precedente, el Auto Supremo 151 de 2 de febrero de 2007