En ese sentido, se advierte del análisis minucioso del recurrido Auto de Vista 29/014 de
En ese sentido, se advierte del análisis minucioso del recurrido Auto de Vista 29/014 de 20 de enero de 2014, que los integrantes del Tribunal de alzada, luego de una evaluación de los motivos alegados en apelación restringida, concluyeron que los elementos objetivos del tipo penal de Peculado son: a) El funcionario público; b) Que aprovechando del cargo que desempeña; c) Se apropiare de dinero, valores o bienes de cuya administración, cobro o custodia se hallare encargado, será sancionado con privación de libertad de tres a ocho años y multa de sesenta a doscientos días; resultando en el caso presente que con la prueba pericial producida (dos arqueos), se demostró que la conducta del sentenciado, se adecuó al tipo penal inmerso en el art. 142 del CP, conforme se determinó en la Sentencia que realizó el trabajo de subsunción del hecho (base fáctica) con el tipo penal reclamado, en el que se subsumió la conducta tachada de delictiva como es el delito de Peculado
- El memorial de 6 de febrero de 2014, cursante de fs
- Del recurso de casación interpuesto, se extrae el siguiente fundamento
- Mediante Auto Supremo 028/2014-RA de 24 de marzo, cursante de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- En el Considerando “5” subtitulado, “FUNDAMENTACION JURIDICA”, de la Sentencia 09/2013 de 24 de septiembre,
- II.2. Recurso de Apelación Restringida
- II.3. Auto de Vista
- El referido recurso fue resuelto por Auto de Vista 29/014 de 20 de enero de
- Con estos argumentos, el Tribunal de alzada declaró improcedente el recurso de apelación restringida interpuesto
- Con carácter previo, es preciso señalar que, el objetivo del recurso de casación es asegurar
- III.1. De los precedentes invocados
- Analizados los precedentes invocados como contradictorios, se constata que, la doctrina legal señalada, está referida
- Esto supone que, el Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, por
- III.2. Análisis del caso concreto
- En el caso presente, el recurrente denuncia que, el Tribunal de alzada, violó el derecho
- Contrastados los precedentes contradictorios con relación al Auto de Vista impugnado, en consideración a las
- En ese sentido, se advierte del análisis minucioso del recurrido Auto de Vista 29/014 de
- Ahora bien, teniendo en cuenta que la doctrina instituye que, el "principio de tipicidad", se
- Finalmente, cabe señalar que, de conformidad al art
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
