Auto Supremo AS/0002/2014-COMP
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2014-COMP

Fecha: 23-May-2014

que los Vocales de la Sala Social y Administrativa, dieron aplicación a la sanción contenida

CONSIDERANDO III: Que, de los antecedentes relacionados, se advierte
que los Vocales de la Sala Social y Administrativa, dieron aplicación a la sanción contenida en el art. 212 del Código Procesal del Trabajo, que prevé expresamente: “cuando el recurrente no provea el porte para la remisión del expediente al Tribunal Supremo en el término de 10 días desde su notificación con el auto que la concede, se declarará desierto el recurso y ejecutoriado el auto de vista”, texto del que se concluye que el porte para la remisión, se trata del pago del costo de remisión del expediente desde el distrito de origen hacia la sede del tribunal de casación y no de un valor o arancel judicial