CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y
AUTO SUPREMO Nº 113/2014
Sucre, 07 de mayo de 2014
EXPEDIENTE: S.702/2009
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 887 a 889, interpuesto por Edwin Castro Escobar, en representación legal de Juan del Granado Cosio Alcalde del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, en virtud del Testimonio de Poder Nº 1967/2008, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública de Primera Clase, correspondiente al Distrito Judicial de La Paz, a cargo de Juan Carlos Merlo Villca (fojas 885 a 886 y vuelta), del Auto de Vista Nº 170/09 de 17 de julio de 2009, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fojas 883 y vuelta), dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Martha Octavia Mariño y otros contra el Gobierno Municipal de La Paz, el memorial de respuesta de fojas 891 y vuelta, el memorial de solicitud de priorización de sorteo de fojas 906 y vuelta, el Acuerdo de Sala Plena Nº 77/2014 de fojas 942 y vuelta, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 04/2008 de 25 de enero de 2008 (fojas 622 a 638), declarando IMPROBADA la excepción perentoria de prescripción y declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 172 a 175 y su ampliación de fojas 193 a 194 de obrados, debiendo en consecuencia la entidad demandada pagar los siguientes montos y conceptos a favor de:
MARTHA OCTAVIA MARIÑO MORALES
FECHA DE INGRESO: 14 de marzo de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 9 meses y 17 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.058,33
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 6.946,83
MARLENE ROCIO QUISBERT QUISBERT
FECHA DE INGRESO: 14 de marzo de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 9 meses y 17 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.107,71
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 6.996,21
DINA MONROY PAREDES
FECHA DE INGRESO: 2 de febrero de 2004
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 10 meses y 29 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 1.477,00
Indemnización: Bs. 1.234,93
Desahucio: Bs. 4.431,00
TOTAL A CANCELAR Bs. 5.665,93
MERCEDES PAZ RODRIGUEZ DE MIRANDA
FECHA DE INGRESO: 01 de octubre de 1999
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 5 años y 3 meses
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 5.832,75
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 9.721,25
JULIO CHOQUE QUELALI
FECHA DE INGRESO: 20 de abril de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 8 meses y 11 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 2.965,74
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 6.854,24
EDUARDO YUJRA MACHACA
FECHA DE INGRESO: 10 de marzo de 1998
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 6 años, 9 meses y 21 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 7.502,33
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 740,66
TOTAL A CANCELAR Bs. 11.575,99
JUANA CONDORI LOZA
FECHA DE INGRESO: 2 de mayo de 2003
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 1 año, 7 meses y 29 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 1.762,16
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 5.650,66
SINFOROSA CUSI RODRIGUEZ
FECHA DE INGRESO: 20 de Febrero de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 10 meses y 11 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.150,91
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 7.039,41
SAMUEL LORENZO QUISPE CALLE
FECHA DE INGRESO: 6 de enero de 2003
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 1 año, 11 meses y 25 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.343,00
Indemnización: Bs. 2.577,81
Desahucio: Bs. 4.029,00
Vacación Bs. 671,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 7.278,31
MARIO RAUL LUNA BALAJAR
FECHA DE INGRESO: 17 de abril de 2004
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 8 meses y 21 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 805,46
Desahucio: Bs. 3.333,00
TOTAL A CANCELAR Bs. 4.138,46
DIONISIO MÁXIMO CONDORI
FECHA DE INGRESO: 20 de octubre de 2000
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 4 años, 2 meses y 11 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 4.663,10
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 8.551,60
MARUJA MARIELA SALVATIERRA
FECHA DE INGRESO: 2 de abril de 2001
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 3 años, 8 meses y 29 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 4.163,15
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 8.051,65
MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ LOAYZA
FECHA DE INGRESO: 11 de junio de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2005
TIEMPO DE TRABAJO: 3 años, 6 meses y 20 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.945,20
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 7.833,70
MARISA MERCEDES GONZALES GARRON
FECHA DE INGRESO: 15 de octubre de 2004
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2005
TIEMPO DE TRABAJO: 1 año, 2 meses y 16 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 1.345,50
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 5.234,00
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 170/09 de 17 de junio de 2009 (fojas 883 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 04/2008 cursante a fojas 622 a 638
Sucre, 07 de mayo de 2014
EXPEDIENTE: S.702/2009
DISTRITO: La Paz
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fojas 887 a 889, interpuesto por Edwin Castro Escobar, en representación legal de Juan del Granado Cosio Alcalde del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, en virtud del Testimonio de Poder Nº 1967/2008, otorgado por ante la Notaría de Fe Pública de Primera Clase, correspondiente al Distrito Judicial de La Paz, a cargo de Juan Carlos Merlo Villca (fojas 885 a 886 y vuelta), del Auto de Vista Nº 170/09 de 17 de julio de 2009, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz (fojas 883 y vuelta), dentro del proceso social por pago de beneficios sociales seguido por Martha Octavia Mariño y otros contra el Gobierno Municipal de La Paz, el memorial de respuesta de fojas 891 y vuelta, el memorial de solicitud de priorización de sorteo de fojas 906 y vuelta, el Acuerdo de Sala Plena Nº 77/2014 de fojas 942 y vuelta, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la Sentencia Nº 04/2008 de 25 de enero de 2008 (fojas 622 a 638), declarando IMPROBADA la excepción perentoria de prescripción y declarando PROBADA EN PARTE la demanda de fojas 172 a 175 y su ampliación de fojas 193 a 194 de obrados, debiendo en consecuencia la entidad demandada pagar los siguientes montos y conceptos a favor de:
MARTHA OCTAVIA MARIÑO MORALES
FECHA DE INGRESO: 14 de marzo de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 9 meses y 17 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.058,33
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 6.946,83
MARLENE ROCIO QUISBERT QUISBERT
FECHA DE INGRESO: 14 de marzo de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 9 meses y 17 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.107,71
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 6.996,21
DINA MONROY PAREDES
FECHA DE INGRESO: 2 de febrero de 2004
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 10 meses y 29 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE Bs. 1.477,00
Indemnización: Bs. 1.234,93
Desahucio: Bs. 4.431,00
TOTAL A CANCELAR Bs. 5.665,93
MERCEDES PAZ RODRIGUEZ DE MIRANDA
FECHA DE INGRESO: 01 de octubre de 1999
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 5 años y 3 meses
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 5.832,75
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 9.721,25
JULIO CHOQUE QUELALI
FECHA DE INGRESO: 20 de abril de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 8 meses y 11 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 2.965,74
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 6.854,24
EDUARDO YUJRA MACHACA
FECHA DE INGRESO: 10 de marzo de 1998
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 6 años, 9 meses y 21 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 7.502,33
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 740,66
TOTAL A CANCELAR Bs. 11.575,99
JUANA CONDORI LOZA
FECHA DE INGRESO: 2 de mayo de 2003
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 1 año, 7 meses y 29 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 1.762,16
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 5.650,66
SINFOROSA CUSI RODRIGUEZ
FECHA DE INGRESO: 20 de Febrero de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 2 años, 10 meses y 11 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.150,91
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 7.039,41
SAMUEL LORENZO QUISPE CALLE
FECHA DE INGRESO: 6 de enero de 2003
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 1 año, 11 meses y 25 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.343,00
Indemnización: Bs. 2.577,81
Desahucio: Bs. 4.029,00
Vacación Bs. 671,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 7.278,31
MARIO RAUL LUNA BALAJAR
FECHA DE INGRESO: 17 de abril de 2004
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 8 meses y 21 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 805,46
Desahucio: Bs. 3.333,00
TOTAL A CANCELAR Bs. 4.138,46
DIONISIO MÁXIMO CONDORI
FECHA DE INGRESO: 20 de octubre de 2000
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 4 años, 2 meses y 11 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE: Bs. 1.111,00
Indemnización: Bs. 4.663,10
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 8.551,60
MARUJA MARIELA SALVATIERRA
FECHA DE INGRESO: 2 de abril de 2001
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2004
TIEMPO DE TRABAJO: 3 años, 8 meses y 29 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 4.163,15
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 8.051,65
MARCO ANTONIO RODRÍGUEZ LOAYZA
FECHA DE INGRESO: 11 de junio de 2002
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2005
TIEMPO DE TRABAJO: 3 años, 6 meses y 20 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 3.945,20
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 7.833,70
MARISA MERCEDES GONZALES GARRON
FECHA DE INGRESO: 15 de octubre de 2004
FECHA DE RETIRO: 31 de diciembre de 2005
TIEMPO DE TRABAJO: 1 año, 2 meses y 16 días
SUELDO PROMEDIO INDEMNIZABLE. 1.111,00
Indemnización: Bs. 1.345,50
Desahucio: Bs. 3.333,00
Vacación Bs. 555,50
TOTAL A CANCELAR Bs. 5.234,00
En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 170/09 de 17 de junio de 2009 (fojas 883 y vuelta), la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, CONFIRMÓ la Sentencia Nº 04/2008 cursante a fojas 622 a 638
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y
- Que, contra el referido Auto de Vista, Edwin Castro Escobar, en representación legal del Gobierno
- Refiere mala interpretación del alcance, vigencia y aplicación de la Ley de Municipalidades Ley Nº
- Alega, que a partir de la emisión de la Ordenanza Municipal Nº 100/2002 de 4
- Acusa también, que estas relaciones de trabajo se encontrarían exentas y fuera del alcance de
- CONSIDERANDO II
- En relación a la acusación de vulneración y mala interpretación de normas procesales, y transgresión
- Por otra parte, debe quedar claro que es aplicable en la especie el artículo 59
- Al respecto en cuanto a la calidad de servidores públicos alegada por la entidad demandada
- Contradictoriamente a lo referido en el punto precedente, al realizar el recurrente una comparación de
- Que, el artículo 16 de la Ley General del Trabajo y el artículo 9 de
- En cuanto a los argumentos esgrimidos por el recurrente, respecto a la nueva empresa EMAVERDE,
- De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos acusados en el memorial de recurso, de
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
