Auto Supremo AS/0113/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0113/2014

Fecha: 07-May-2014

En relación a la acusación de vulneración y mala interpretación de normas procesales, y transgresión


En relación a la acusación de vulneración y mala interpretación de normas procesales, y transgresión del artículo 59 inciso 3) de la Ley de Municipalidades Nº 2028 de 28 de octubre de 1999, este artículo establece que a partir de su promulgación: "el personal que se incorpore a los Gobiernos Municipales, serán considerados en las siguientes categorías: 1) Servidores públicos municipales sujetos a las previsiones de la Carrera Administrativa Municipal. 2) Funcionarios designados y de libre nombramiento; y 3) Personas contratadas en las empresas municipales mixtas, establecidas para la prestación de servicios públicos", sujetándose los primeros a las disposiciones que rigen para los funcionarios públicos, los segundos, por la naturaleza de su nombramiento y las prestaciones que realizan no se encuentran sujetos ni a las normas que regulan a los servidores públicos ni a la normativa de la Ley General del Trabajo, mientras que los últimos, se encuentran sujetos a la normativa de la Ley General del Trabajo