Que, el artículo 16 de la Ley General del Trabajo y el artículo 9 de
Que, el artículo 16 de la Ley General del Trabajo y el artículo 9 de su Reglamento, señalan claramente cuáles podrán ser las causas por las que un trabajador, amparado en sus disposiciones, sea retirado de su fuente laboral. Pero aún más, el recurrente expresa en su recurso, en relación con las normas citadas, que "...más allá de ser evidente o no...", con lo que pretende relativizar el cumplimiento de las normas laborales, en un supuesto de primacía de aquellas que regulan el ámbito administrativo. No puede dejar de aclararse que la ley es general, obligatoria y coercible; no obstante, ésta debe ser aplicada con carácter preferente en el campo al que corresponda su regulación, siguiendo los principios que la sustentan, que se constituyen en su fundamento y que expresados de manera positiva, se encuentran descritos en la Constitución Política del Estado como norma suprema y de la que se deriva el resto del ordenamiento jurídico. El Estado de Derecho, concebido y expresado como se encuentra en el artículo 1 de la Carta Política del Estado de 1967, no significa otra cosa que el sometimiento a la ley por todos, gobernantes y gobernados
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y
- Que, contra el referido Auto de Vista, Edwin Castro Escobar, en representación legal del Gobierno
- Refiere mala interpretación del alcance, vigencia y aplicación de la Ley de Municipalidades Ley Nº
- Alega, que a partir de la emisión de la Ordenanza Municipal Nº 100/2002 de 4
- Acusa también, que estas relaciones de trabajo se encontrarían exentas y fuera del alcance de
- CONSIDERANDO II
- En relación a la acusación de vulneración y mala interpretación de normas procesales, y transgresión
- Por otra parte, debe quedar claro que es aplicable en la especie el artículo 59
- Al respecto en cuanto a la calidad de servidores públicos alegada por la entidad demandada
- Contradictoriamente a lo referido en el punto precedente, al realizar el recurrente una comparación de
- Que, el artículo 16 de la Ley General del Trabajo y el artículo 9 de
- En cuanto a los argumentos esgrimidos por el recurrente, respecto a la nueva empresa EMAVERDE,
- De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos acusados en el memorial de recurso, de
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
