De la revisión de antecedentes se establece que previa sustanciación de la audiencia de juicio,
De la revisión de antecedentes se establece que previa sustanciación de la audiencia de juicio, por Sentencia 15/2008 de 28 de agosto, se declaró a la recurrente autora del delito de Robo Agravado, tipificado y sancionado por los incs. 2) y 4) del art. 332 del CP, condenándola a la pena de reclusión de diez años en el Centro de Readaptación de Santo Domingo de ésa ciudad, con cien días multa a razón de Bs. 5.-, por día, siendo absuelto el coimputado Juan Huanaco Cruz; asimismo, se debe tener presente que en el referido fallo en cuanto a la fundamentación de la sanción penal, se indicó que en el art. 332 del CP, la pena de privación de libertad es de tres a diez años y que se consideró que la recurrente Benigna Rojas Arriaga, es una persona sin antecedentes penales, de escasos recursos económicos y formación que no sabe leer ni escribir, proveniente del campo y de condición humilde, quien niega su participación en los hechos; sin embargo, no demostró arrepentimiento, ni el reconocimiento del daño causado como atenuante, por lo que unánimemente el Tribunal a quo determinó sancionarla con la pena de reclusión de diez años, al asumir que era suficiente para reinsertarla a la sociedad
- Por memorial presentado el 30 de diciembre de 2013, de fs
- a) En mérito a las acusaciones fiscal (fs
- Del recurso de casación de fs
- Mediante Auto Supremo 001/2014-RA de 10 de marzo, cursante de fs
- Considerando el ámbito de análisis del presente recurso, de la atenta revisión de los antecedentes
- II
- La Sentencia realizó la subsunción de los hechos, al actuar de la imputada, porque este
- En cuanto a la vulneración del art
- A través del presente recurso, la imputada Benigna Rojas Arriaga, denuncia que se vulneró el
- III.1. Del precedente contradictorio
- La citada Resolución fue emitida dentro de un proceso penal seguido por la comisión del
- Es así, que se dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, enfatizando que de
- El precedente invocado es símil al caso de autos, únicamente respecto a la denuncia de
- III.3. Determinación o fijación de la pena (quantum)
- Respecto a la determinación o fijación de la pena por un Tribunal de alzada, la
- III.4. Análisis del caso concreto
- En el caso analizado, la denuncia esencial de la recurrente está referida a la vulneración
- De la revisión de antecedentes se establece que previa sustanciación de la audiencia de juicio,
- Este fallo fue anulado por el Auto de Vista 014/2009, que a su vez fue
- De acuerdo a lo fundamentado, este Tribunal llega a la conclusión de que el Tribunal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
