Auto Supremo AS/0140/2014-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0140/2014-RRC

Fecha: 02-May-2014

Es así, que se dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, enfatizando que de


Es así, que se dejó sin efecto el Auto de Vista recurrido, enfatizando que de acuerdo al art. 14 del CPP, de la comisión de todo delito nacen dos acciones, una penal para la investigación del hecho, su juzgamiento y la imposición de una pena o medida de seguridad y la acción civil para la reparación de los daños y perjuicios. Asimismo, luego de efectuar una relación de los hechos acontecidos, se estableció que los mismos fueron dejados de lado por el Tribunal de alzada, convalidando la Sentencia, sin observar que la valoración de la prueba fue defectuosa por un lado y que carecía de la fundamentación exigida por el art. 124 del CPP, resaltándose que en la política criminal la configuración de los tipos penales responde en su construcción dogmática a aspectos jurídicos, filosóficos y axiológicos que desde la perspectiva de la realidad social y experiencia en la práctica forense, permite al legislador precisar los elementos de cada una de las figuras punitivas que son tuteladoras de bienes jurídicos