Auto Supremo AS/0143/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0143/2014-RA

Fecha: 02-May-2014

Del memorial que cursa de fs. 254 a 266, se extraen los siguientes motivos


II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

Del memorial que cursa de fs. 254 a 266, se extraen los siguientes motivos:

1) Cuestionando de manera general la labor del Tribunal de apelación que confirmó la Sentencia, y con una amplia explicación de las fases que comprende el proceso penal y también la naturaleza de la audiencia conclusiva establecida en la Ley 007, el recurrente expresa como agravio que, estando vigente la antedicha Ley al momento de presentación de la acusación Fiscal, el Juez cautelar, omitió realizar la audiencia conclusiva y remitió la acusación directamente al Tribunal de sentencia, instancia ante la que planteó incidente de nulidad por defectos absolutos, precisamente por la no realización de la audiencia conclusiva; sin embargo, manifiesta que, el incidente fue declarado sin lugar, sin fundamentos legales y bajo el argumento de que pudo suplir dichos actos ante el Tribunal sentenciador, razón por la que interpuso el recurso de apelación denunciando este agravio, que fue desestimado por el Tribunal de apelación, bajo el argumento de que la Ley 007, se refería a procesos de corrupción pública, y que la omisión de la audiencia conclusiva no afectó sus derechos porque ejerció los mismos en la audiencia de juicio, desconociendo con ello las particularidades de la audiencia conclusiva, con dicha resolución infundada e inmotivada, se quebrantó el principio de seguridad jurídica y el derecho al debido proceso, convalidando así un defecto absoluto, al tenor del art. 169 inc. 3) del Código de Procedimiento Penal (CPP)