En cuanto a los Autos Supremos 443 de 12 de septiembre de 2007 Sala Penal
En cuanto a los Autos Supremos 443 de 12 de septiembre de 2007 Sala Penal Primera y 141 de 22 de abril de 2006, 6/2013 de 6 de febrero Sala Penal Primera, también señalados en el recurso de casación, si bien, no fueron invocados en la apelación restringida, al estar dirigidos a denunciar infracciones cometidas por el Tribunal de apelación, se establece que, la supuesta contradicción surgió con la emisión del Auto de Vista, entonces, es correcta su invocación en esta etapa, por lo que, corresponde verificar en el fondo la contradicción denunciada. En relación al Auto Supremo 26 de 26 de enero de 2007 de la Sala Penal Segunda, revisado el mismo, advertimos que refiere a la igualdad procesal entre partes; empero, también a que los defectos absolutos deben ser reparados o corregidos tanto por el Tribunal de casación como por los tribunales de apelación, con la facultad conferida en el art. 15 de la Ley de Organización Judicial; por lo que corresponde contrastar dicho precedente
- Por memorial presentado el 16 de mayo de 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- Finalizó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, anule los Autos de Vista impugnados ordenando
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En lo que concierne a los Autos Supremos 252/2013-RA de 2 de octubre, 235/2013-RA de
- Respecto al segundo motivo, el recurrente reiteró como precedente contradictorio el Auto Supremo 098/2013-RRC, de
- En cuanto a los Autos Supremos 443 de 12 de septiembre de 2007 Sala Penal
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad reconocida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
