Auto Supremo AS/0212/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0212/2014-RA

Fecha: 28-May-2014

En cuanto a los Autos Supremos 443 de 12 de septiembre de 2007 Sala Penal


En cuanto a los Autos Supremos 443 de 12 de septiembre de 2007 Sala Penal Primera y 141 de 22 de abril de 2006, 6/2013 de 6 de febrero Sala Penal Primera, también señalados en el recurso de casación, si bien, no fueron invocados en la apelación restringida, al estar dirigidos a denunciar infracciones cometidas por el Tribunal de apelación, se establece que, la supuesta contradicción surgió con la emisión del Auto de Vista, entonces, es correcta su invocación en esta etapa, por lo que, corresponde verificar en el fondo la contradicción denunciada. En relación al Auto Supremo 26 de 26 de enero de 2007 de la Sala Penal Segunda, revisado el mismo, advertimos que refiere a la igualdad procesal entre partes; empero, también a que los defectos absolutos deben ser reparados o corregidos tanto por el Tribunal de casación como por los tribunales de apelación, con la facultad conferida en el art. 15 de la Ley de Organización Judicial; por lo que corresponde contrastar dicho precedente