POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Segunda del Supremo Tribunal de Justicia, con la facultad prevista en la Disposición Transitoria Octava y el Num. 1 del Parág. I del art. 42, ambos de la Ley del Órgano Judicial, así como del art. 8 de la Ley Nº 212 de 23 de diciembre de 2011, Declara: IMPROCEDENTE el Recurso de Nulidad o Casación interpuestos de fs. 494 a 495 vta., dentro del Proceso Social por Reincorporación y Pago de Beneficios Sociales seguido por Lorena Lily Taboada Sánchez contra Empresa Inter Science Ltda., representada por Rosa Elizabeth Coro Buitrago. Con costas
- Partes : Lorena Lily Taboada Sánchez c/ Empresa
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el Proceso Laboral,
- En consecuencia, conforme a los arts
- En grado de Apelación, por Auto de
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido y continuando con sus
- Con esos argumentos la recurrente interpone Recurso
- CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos del
- Que, a este efecto y de la
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 127/2014
