Auto Supremo AS/0175/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0175/2014

Fecha: 10-Jun-2014

A este fin, de la revisión del recurso se colige que la empresa recurrente no


A este fin, de la revisión del recurso se colige que la empresa recurrente no cumplió los requisitos del inciso 2) del artículo 258 de la norma procesal civil (en este caso, de fundamentar su recurso), porque de su contenido, se tiene que se limitó a realizar conjeturas de lo que manifestó el actor en su demanda en cuanto a su salud y lo que el Auto de Vista  manifestó al respecto, reiterando  que el actor pretende lucrar con el reclamo que realizó, haciendo hincapié en que la incapacidad del actor no puede establecerse en base de un Certificado Médico Forense, olvidando señalar que norma fue interpretada erróneamente, transgredida o aplicada indebidamente, indicando por otra parte que debió aplicarse el artículo 108 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo más sin indicar la razón o nexo para la aplicación de esta norma es decir pide su aplicación de manera general