Auto Supremo AS/0205/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2014

Fecha: 11-Jun-2014

CONSIDERANDO I

Expediente: C- 52-09-S
Proceso: Reivindicación
Partes: Victor Zurita Chaparro c/ Andres Aranibar Mena y otros
Distrito: Cochabamba
Magistrada Relatora: Dra. Ana Adela Quispe Cuba
VISTOS: Los Recursos de Casación de fojas 343 a 347 vuelta y de fojas 357 vuelta a 359, interpuestos por Andrés Aranibar Mena y otros, y por Víctor Zurita Chaparro respectivamente, contra el Auto de Vista de fecha 1º de junio de 2009, cursante a fojas 339 a 340 vuelta, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la que fuera Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso ordinario sobre REIVINDICACION, seguido por Víctor Zurita Chaparro contra los recurrentes Andrés Aranibar Mena y otros, los antecedentes del proceso, la contestación al recurso extraordinario de fojas 354 a 359, el auto de concesión del recurso de fojas 359 vuelta; y,
CONSIDERANDO I:
DE LOS ANTECEDENTES DEL PROCESO: Que durante la tramitación de la causa, el Juez de Partido en lo Civil de Quillacollo Cochabamba, emitió Sentencia declarando IMPROBADA la demanda de fojas 17-19 y las excepciones perentorias opuestas a la acción reconvencional de fojas 75; y probada la acción reconvencional de fojas 64-66, así como las excepciones perentorias opuestas a la acción principal, con costas. Aclarando que, la presente resolución es solo para efectos del artículo 297 del Código de Procedimiento Civil, de donde todos los otros aspectos colaterales solicitados por las partes, corresponde su consideración y resolución a la instancia llamada por ley