Que, conforme dispone el artículo 236 del Código Procedimiento Civil, "El Auto de Vista dictado
Que, conforme dispone el artículo 236 del Código Procedimiento Civil, "El Auto de Vista dictado dentro de un recurso de alzada debe circunscribirse a los puntos resueltos por el inferior y que hubieran sido objeto de apelación y fundamentación…" disposición que tiene relación con las previsiones contenidas en el artículo 227 del Adjetivo Civil, que consagra el principio de congruencia, según el cual, la resolución judicial debe ser exacta, precisa y relacionada con la pretensión oportunamente deducida en el pleito, constituyéndose el límite de la potestad jurisdiccional del juzgador, puesto que el contenido de las resoluciones deben estar limitadas al sentido y alcance de las peticiones de las partes recurrentes, para que exista identidad entre lo resuelto, las pretensiones y los agravios denunciados
- Sucre: 11 de Junio de 2014
- CONSIDERANDO I
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- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
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- POR TANTO: la Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Sin responsabilidad por ser excusable
- Cumpliendo con lo previsto por el artículo 17, parágrafo IV de la Ley del Órgano
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón Nº 205/2014
