Auto Supremo AS/0205/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0205/2014

Fecha: 11-Jun-2014

El artículo 254 numeral 4) del Código de Procedimiento Civil, sanciona con nulidad las resoluciones

El artículo 254 numeral 4) del Código de Procedimiento Civil, sanciona con nulidad las resoluciones judiciales que no se hubieren pronunciado sobre alguna de las pretensiones deducidas en el proceso, reclamadas oportunamente, debido a que ese tipo de resoluciones comprometen seriamente las formas esenciales del proceso, correspondiendo por ello prestar atención a la preceptiva mencionada, tomando en cuenta que las reglas procesales son de orden público y de observancia obligatoria, correspondiendo por consiguiente aplicar lo dispuesto por el artículo 275, con relación al inciso 3) del artículo 271 del mencionado Código Adjetivo Civil