Auto Supremo AS/0242/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0242/2014-RA

Fecha: 11-Jun-2014

En cuanto al segundo motivo referido a que el Tribunal de Alzada no se pronunció


V.2. Análisis de los motivos interpuestos por el imputado.

En cuanto al primer motivo denunciado como defecto absoluto, referente a que no se le permitió presentar sus pruebas de descargo en la audiencia conclusiva ni en la audiencia de juicio oral, el imputado proveyó los antecedentes de hecho generadores del recurso; precisó la vulneración de su derecho a la defensa y detalló con precisión en qué consistiría la restricción de ese derecho e igualmente, explicó el resultado dañoso emergente de dicha restricción, concluyéndose que corresponde su admisión por haberse cumplido con la exposición de los requisitos de flexibilización desarrollados en acápite precedente.

En cuanto al segundo motivo referido a que el Tribunal de Alzada no se pronunció debidamente sobre la denuncia que, sobre la valoración defectuosa de la prueba, expuso en su recurso de apelación restringida, el imputado no especificó la prueba o pruebas que fueron valoradas defectuosamente y tampoco señaló de qué manera la falta de valoración o defectuosa valoración hubiera incidido en la resolución final y un resultado diferente. Tampoco explicó el resultado dañoso emergente del defecto, incumpliendo con la postulación de los requisitos de flexibilización establecidos para que este Tribunal admita el recurso