FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACION: Los co demandados Casiano, Petrona y Estefanía Ortiz Bayo, formulan recurso
CONSIDERANDO II.-
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACION: Los co demandados Casiano, Petrona y Estefanía Ortiz Bayo, formulan recurso de casación en la forma y fondo, mismos que se resumen a continuación:
Recurso de casación en la forma.- Indican que el proceso debía haber sido incoado en contra de Mariano y Marcelo Ortiz, quienes eran los verdaderos propietarios del inmueble, a quienes se les provocó indefensión, debiendo haberse anulado de oficio, en aplicación al artículo 15 de la LOJ, 252 del Código de Procedimiento Civil hasta ampliar la demanda contra éstos o sus herederos, citarlos y notificarlos
FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACION: Los co demandados Casiano, Petrona y Estefanía Ortiz Bayo, formulan recurso de casación en la forma y fondo, mismos que se resumen a continuación:
Recurso de casación en la forma.- Indican que el proceso debía haber sido incoado en contra de Mariano y Marcelo Ortiz, quienes eran los verdaderos propietarios del inmueble, a quienes se les provocó indefensión, debiendo haberse anulado de oficio, en aplicación al artículo 15 de la LOJ, 252 del Código de Procedimiento Civil hasta ampliar la demanda contra éstos o sus herederos, citarlos y notificarlos
- Sucre: 27 de Junio de 2014
- CONSIDERANDO I
- Que, en grado de apelación incoada por los co demandados, la Sala Civil Segunda de
- FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACION: Los co demandados Casiano, Petrona y Estefanía Ortiz Bayo, formulan recurso
- Asimismo, indica que el auto de vista recurrido, ha sido emitido fuera de plazo, por
- Recurso de casación en el fondo
- Que existe violación de los artículos 404-I-II y 397-II del Código de Procedimiento Civil, al
- Que, siendo evidente la violación de los preceptos legales acusados, corresponde a este Tribunal Supremo
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En este entendido, dentro del ordenamiento procesal civil la nulidad de oficio se encuentra establecida
- Con estas consideraciones, debemos indicar que la competencia, “es la facultad que tiene un tribunal
- Que, respecto a la competencia de la judicatura agraria la Sentencia Constitucional 0378/2006 — R,
- En virtud a lo señalado, en el caso de autos, se tiene que mediante memorial
- Finalmente, el artículo 122 de la Constitución Política del Estado establece que "Son nulos los
- POR TANTO: La Sala Civil Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de
- Se impone la multa de Bs
- Cumpliendo con lo previsto por el artículo 17, parágrafo IV de la Ley del Órgano
- Fue de voto disidente el Magistrado Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Libro de Tomas de Razón Nº 251/2014
