Por memoriales presentados el 1 de abril y el 21 de mayo del 2014 cursantes
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 289/2014-RA
Sucre, 27 de junio de 2014
Expediente: La Paz 69/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Rolando Flores Condori y otros
Delitos: Robo Agravado y otro
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 1 de abril y el 21 de mayo del 2014 cursantes de fs. 964 a 967 y de fs. 997 a 1003 vta., Rolando Flores Condori, Cristina Mamani de Flores, Gregorio Chiara Acarapi, Martha Cachi Huacoto y la querellante Candelaria Ortuño Calamani, respectivamente, interponen recursos de casación e impugnan el Auto de Vista 112/2013 de 16 de diciembre de fs. 949 a 952 vta. y su Auto complementario a fs. 956, pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Candelaria Ortuño Calamani contra Rolando Flores Condori, Cristina Mamani de Flores, Gregorio Chiara Acarapi y Martha Cachi Huacoto por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado y Allanamiento de Domicilio, tipificados por los arts. 332 y 298 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 289/2014-RA
Sucre, 27 de junio de 2014
Expediente: La Paz 69/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Rolando Flores Condori y otros
Delitos: Robo Agravado y otro
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 1 de abril y el 21 de mayo del 2014 cursantes de fs. 964 a 967 y de fs. 997 a 1003 vta., Rolando Flores Condori, Cristina Mamani de Flores, Gregorio Chiara Acarapi, Martha Cachi Huacoto y la querellante Candelaria Ortuño Calamani, respectivamente, interponen recursos de casación e impugnan el Auto de Vista 112/2013 de 16 de diciembre de fs. 949 a 952 vta. y su Auto complementario a fs. 956, pronunciados por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y Candelaria Ortuño Calamani contra Rolando Flores Condori, Cristina Mamani de Flores, Gregorio Chiara Acarapi y Martha Cachi Huacoto por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado y Allanamiento de Domicilio, tipificados por los arts. 332 y 298 del Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 1 de abril y el 21 de mayo del 2014 cursantes
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De los memoriales que cursan de fs
- II.2 De los motivos de casación alegados por Candelaria Ortuño Calamani
- 2) Existe errónea consideración del quantum de la pena por supuestos atenuantes contradiciendo el precedente
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Los datos estadísticos sobre el movimiento de causas penales en este Tribunal Supremo, demuestran la
- También precisó que este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- Ahora bien, en armonía con los criterios referidos, este Tribunal considera necesario precisar las siguientes
- Denuncia de falta de debida fundamentación o incongruencia omisiva
- Denuncia respecto a la valoración de la prueba
- Por su parte, la querellante Candelaria Ortuño Calamani, presentó su recurso de casación el 21
- De los motivos de casación alegados por Candelaria Ortuño Calamani
- Resumidos los dos motivos del recurso en análisis, se concluye que la recurrente cumplió con
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
