POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en los arts. 184.1 de la CPE y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por Marco Antonio Salgado Luna en representación del SEDCAM-PANDO
- VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Marco Antonio Salgado Luna en representación del
- Interpuesto el recurso de apelación por el demandado de fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae como motivos del mismo, lo siguiente
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido y
- CONSIDERANDO II
- Sobre el particular es menester considerar que la valoración de la prueba en materia laboral
- En el caso presente se evidencia que el demandado en apelación presentó documentales de
- En mérito a lo expuesto, queda evidenciado que el trabajador no abandonó su fuente laboral
- Por lo que, no son evidentes los perjuicios denunciados en el recurso de casación de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria
