CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y
AUTO SUPREMO Nº 231/2014
Sucre, 14 de julio de 2014
EXPEDIENTE: S.84/2010
DISTRITO: Cochabamba
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fojas 153 a 155 y vuelta, interpuesto por María Teresa Blanco de Sarabia, en representación de la Empresa Servicio Agrícola Comercial y CIA Ltda., en calidad Gerente General, contra el Auto de Vista Nº 322/2009 de 4 de noviembre de 2009 de fojas 150 y vuelta, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales, seguido por Sonia Romero Carrasco contra la empresa recurrente, el Auto de concesión del recurso de fojas 158, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, mediante Sentencia de 3 de marzo de 2008 (fojas 127 a 128), declaró IMPROBADA la demanda de fojas 12 a 13 y vuelta, en todas sus partes
Sucre, 14 de julio de 2014
EXPEDIENTE: S.84/2010
DISTRITO: Cochabamba
VISTOS: El recurso de nulidad y casación de fojas 153 a 155 y vuelta, interpuesto por María Teresa Blanco de Sarabia, en representación de la Empresa Servicio Agrícola Comercial y CIA Ltda., en calidad Gerente General, contra el Auto de Vista Nº 322/2009 de 4 de noviembre de 2009 de fojas 150 y vuelta, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso social por cobro de beneficios sociales, seguido por Sonia Romero Carrasco contra la empresa recurrente, el Auto de concesión del recurso de fojas 158, los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y Seguridad Social de Cochabamba, mediante Sentencia de 3 de marzo de 2008 (fojas 127 a 128), declaró IMPROBADA la demanda de fojas 12 a 13 y vuelta, en todas sus partes
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso social, el Juez de Partido Tercero de Trabajo y
- Que, contra el referido Auto de Vista, la empresa demandada representada por María Teresa Blanco
- D) Alega que el Juez Ad quem a momento de hacer uso de aquella facultad
- Señala que la demandante planteó recurso de apelación argumentando los agravios sufridos, sin embargo en
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de nulidad y casación, para su
- Por lo que al solicitar se case y anule el Auto de Vista recurrido, no
- La línea jurisprudencial asumida en ese sentido se justifica plenamente en razón a que, cuando
- Con relación a la acusación de que el Tribunal de Alzada ha otorgado más de
- De lo precedentemente expuesto, resultan injustificables los argumentos acusados en el memorial de recurso, de
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. María Arminda Ríos García
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
