Auto Supremo AS/0231/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2014

Fecha: 14-Jul-2014

Que, contra el referido Auto de Vista, la empresa demandada representada por María Teresa Blanco


En grado de apelación, por Auto de Vista Nº 322/2009 de 4 de noviembre de 2009 (fojas 150 y vuelta), pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, ANULÓ obrados hasta fojas 126 vuelta, ordenando que el Juez A quo remita el expediente ante el juez llamado por ley para que este pronuncie nueva Sentencia.    

El fundamento de la anulación por parte del Tribunal de Alzada, fue que el Juez A quo perdió su competencia para dictar Sentencia por disposición del artículo 208 del Código de Procedimiento Civil, aplicable al caso por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo.  

Que, contra el referido Auto de Vista, la empresa demandada representada por María Teresa Blanco de Sarabia, interpuso recurso de nulidad y casación en el fondo y en la forma (fojas 153 a 155 y vuelta) en el que expone los siguientes argumentos:







RECURSO DE CASACIÓN EN EL FONDO

Acusa que el Auto de Vista contiene violación de disposiciones legales, interpretación errónea y aplicación indebida de la Ley. 

A) Alega que el plazo para la emisión de la Sentencia se vencía un día domingo, razón por la que el Juez emitió fallo el día lunes, ya que en caso de emitir Sentencia con fecha de día domingo, habría quebrantado lo dispuesto en el artículo 143 del Código de Procedimiento Civil.  

B) Manifiesta que el Tribunal Ad quem, no consideró lo determinado por el artículo 257 de la Ley de Organización Judicial, modificada por la Ley Nº 3324 de 18 de enero de 2006