Si bien es cierto que por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
Si bien es cierto que por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo en materia laboral, excepcionalmente se puede aplicar las normas del Código de Procedimiento Civil, empero, cuando esa aplicación no signifique violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral. Lo que significa que no todas las normas del Código Adjetivo Civil son aplicables al proceso laboral. El Código Procesal del Trabajo en su artículo 1 dispone: "El Código Procesal del Trabajo regulará los modos y las formas de tramitación y resolución de todos los asuntos relativos a las cuestiones laborales, cuyo conocimiento corresponde a la judicatura del Trabajo y de Seguridad Social", por su parte el artículo 2 dice: "Este Código dará autonomía a los procedimientos del trabajo y eliminará todo uso y remisión a las normas adjetivas de otros campos jurídicos (...)"
- Que, del referido Auto de Vista, Ramiro Peñaranda Taida y Fernando Peñaranda Muñoz, en representación
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación de fojas 147 a
- Al respecto por las literales que cursan en obrados, se establece que el actor sufrió
- Al respecto, corresponde señalar que la uniforme jurisprudencia instaurada por la Corte Suprema de Justicia,
- Si bien es cierto que por mandato del artículo 252 del Código Procesal del Trabajo
- Ahora bien, la parte recurrente apeló al artículo 1503 del Código Civil referido a la
- Que, en el marco legal descrito, el Tribunal de Alzada no incurrió violación o errónea
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Liquidadora Primera del Supremo Tribunal de Justicia, con
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE.
