Auto Supremo AS/0267/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2014

Fecha: 04-Jul-2014

El recurso de casación en la forma de fojas 211 a 212 vuelta, interpuesto por

Expediente: C-21-11-S
Proceso: División y Partición
Partes: Gaston Saavedra Castelo y otros c/ Juan Luis Saavedra Castelo y otros
Distrito: Cochabamba
Magistrado Relator: Dr. Javier Medardo Serrano Llanos
VISTOS:
El recurso de casación en la forma de fojas 211 a 212 vuelta, interpuesto por Juan Luis Saavedra Castelo contra el Auto de Vista de 15 de septiembre de 2010 cursante a fojas 207 y vuelta, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso de división y partición de dos lotes de terrenos contiguos que forman un solo cuerpo de extensión superficial de 2.322,7 metros cuadrados, demanda interpuesta por Gastón Saavedra Castelo y otros contra el ahora recurrente y otros, la respuesta de fojas 216 a 217; los antecedentes procesales; y:
CONSIDERANDO: (De la Relación de la Causa).-
Que, tramitada la causa, el Juez Quinto de Partido en lo Civil de Cochabamba emitió la Sentencia de 20 de octubre de 2009 cursante de fojas 155 a 158, por la cual se declara probada la demanda principal, e improbadas las excepciones opuestas a la demanda, disponiendo lo siguiente: a) que en ejecución de sentencia entre los copropietarios Gastón Saavedra Castelo, Feliciano Saavedra Corminales, Jaime Saavedra Corminales, Edgar Saavedra Castelo, Elizabeth Saavedra Castelo, Juan Luis Saavedra Castelo, Wilma Saavedra Castelo y Gary Saavedra Martínez, debe procederse a la división y partición del inmueble ubicado en la zona de Villa Busch norte Distrito 03, sub distrito 27, manzano 247, con la extensión superficial de 2.322,7 metros cuadrados; b) Siendo técnicamente indivisible dicho inmueble se llevara a subasta pública sobre la base del valor pericial y el producto del remate se dividirá en partes iguales entre los copropietarios; y, c) Ante los gravámenes y restricciones sobre las acciones de Edgar y Gastón Saavedra Castelo y para fines que en derecho corresponda, se dispone la notificación de la presente sentencia a las siguientes instancias: Compañía Petrolera Nacional (COPENAC LTDA); Juez Segundo de Sentencia; Grandes Contribuyentes (GRACO); Servicio de Impuestos Nacionales (SIN); Ministerio Público; y, Juez de Instrucción Séptimo Penal Cautelar Liquidador