Auto Supremo AS/0274/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0274/2014

Fecha: 04-Jul-2014

En consideración a las definiciones expuestas se tiene que habrá contrato administrativo cuando una de

En consideración a las definiciones expuestas se tiene que habrá contrato administrativo cuando una de las partes contratantes sea un órgano de la administración pública, el objeto y fin del contrato esté orientado a la satisfacción de alguna necesidad o bien común o sea de interés general de la comunidad, lo que determinará una regulación especial; concluyendo que hay contrato administrativo en el ámbito de los cuatro Órganos que conforman el Poder Estatal: Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral; conclusión que para el presente caso habrá que complementar en sentido de que habrá contrato administrativo en el ámbito de todas las entidades del Sector Público sometidas a las previsiones de los sistemas de Administración y Control previstas por la Ley Nº 1178