Ingresando a la verificación de las condiciones de admisibilidad del recurso de casación, se establece
IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
Ingresando a la verificación de las condiciones de admisibilidad del recurso de casación, se establece que la imputada Martha Ortiz Medina fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 11 de abril de 2014 (fs. 218) y que presentó su recurso de casación el 17 de abril de 2014; es decir, en vigencia del plazo de cinco días hábiles siguientes a su legal notificación
- Por memorial presentado el 17 de abril del 2014, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la mencionada imputada el 11 de abril de 2014 (fs
- 1) La recurrente previa cita de los arts
- En ese contexto, señala que el Tribunal de alzada realizó una apreciación subjetiva de los
- Agrega que el Tribunal de apelación incurrió en una errónea valoración de la pruebas atentando
- El art
- En ese contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Ingresando a la verificación de las condiciones de admisibilidad del recurso de casación, se establece
- Con relación al segundo motivo, se constata que la recurrente tampoco invoca precedente contradictorio alguno
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
