De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) Mediante Sentencia 2/2014 de 30 de enero (fs. 255 a 266 vta.), el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró a los imputados Michel Calla Carlos y Gustavo Adolfo Visalla Quispe autores de la comisión del delito de Asesinato con agravantes, tipificado y sancionado en el art. 252 incs. 2), 3), 6) y 7) del CP y a Franz Erick Checa Mamani, co-autor de la comisión del delito de Asesinato con sus agravantes [art. 252 incs. 2), 3), 6) y 7) CP]; igualmente, los tres imputados fueron condenados como autores de la comisión del delito de Violación con sus agravantes, tipificado en el art. 308 con relación al art. 310, incs. 5), 6) y 7) y parte in fine del CP, habiéndoseles impuesto la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más el pago de daños y perjuicios y costas en contra de todos los imputados
- Por memoriales presentados el 9 de junio de 2014, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) La Resolución de la alzada fue notificada el 2 de junio de 2014, a
- II
- 2) Como segundo agravio alega que el Ad quem no se pronunció respecto a su
- 5) Planteó como quinto agravio, que el Tribunal de alzada, incumplió con su obligación de
- Invocó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 223/2007 de 28 de mayo, que hace mención
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ingresando a la consideración de las condiciones de admisibilidad del recurso de casación, se establece
- Sobre el tercer agravio, referido a la omisión en la fundamentación de la Sentencia y
- Concluyéndose que al haberse dado cumplimiento a los arts
- V
- En lo que concierne al motivo denunciado, referido a que en la etapa investigativa no
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
