Auto Supremo AS/0314/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0314/2014-RA

Fecha: 10-Jul-2014

Regístrese, hágase saber y cúmplase


En cuanto al segundo motivo, relativo a la falta de fundamentación del Auto de Vista impugnado, emergente de que el Tribunal de alzada, al resolver la apelación planteada, respondió efectuando una simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las pruebas. Citó como precedentes contradictorios los Autos Supremos 444 de 15 de octubre de 2005; 431 de 15 de octubre de 2005, 373 de 6 de septiembre de 2006, 410 de 20 de octubre de 2006; 065 de 19 de abril de 2012 y 111/2012, evidenciándose que se trata de una denuncia genérica porque no precisó qué aspectos de su recurso de apelación no merecieron debida fundamentación en la Resolución impugnada; por ello, tampoco explicó la relevancia e incidencia de esas omisiones del Tribunal de apelación, por lo que este Supremo Tribunal no cuenta con los elementos suficientes para verificar si efectivamente se produjo el agravio denunciado, deviniendo el presente motivo como inadmisible.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación, de fs. 197 a 202 vta., interpuesto por Guillermo Delgado Laura, únicamente respecto al primer motivo del acápite II.1.

En cumplimiento del segundo párrafo de la norma citada, por Secretaría de la Sala, remítase copia legalizada del Auto de Vista y la presente Resolución, a los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia.

Regístrese, hágase saber y cúmplase