Auto Supremo AS/0320/2014-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2014-RA

Fecha: 15-Jul-2014

II.2. Apelación restringida y su Resolución


Conforme consta en la enunciación del hecho en la Sentencia 01/2012, el Ministerio Público imputó a Reynaldo Vásquez Cerrudo, la comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto en el art. 312 con la agravante del art. 310 inc. 2), 3) y 4) ambos del CP, refiriendo que el imputado estableció una relación conyugal con María Vanesa Peña, con quien tuvo una hija, y que también reconoció legalmente a la hija mayor de su cónyuge, de cuyo padre no se tiene mayor referencia, menor que a la postre resultó víctima del delito imputado; los hechos habrían ocurrido en circunstancias en que la cónyuge del imputado se fue a España en busca de trabajo dejando a ambas menores al cuidado de su madre; es decir, quedaron a cargo de la abuela materna, quien permitía que visiten la casa de su padre los fines de semana, quien a su vez vivía con su madre. Con esos antecedentes, la acusación señaló que el día 30 de diciembre de 2007, la hija en común de ambos cónyuges durmió con la abuela paterna y la mayor de 7 años, con el imputado, quien la reconoció como hija; pasados unos días, la víctima le comentó a su hermana menor que sentía dolor al orinar y cuando fue interrogada por su abuela materna Susana María Inés Peña, la niña le respondió que su papá Reynaldo le había tocado sus partes íntimas, hecho por el cual acudieron a un consultorio y luego al médico Forense, cuyo informe concluyó: “Virgen, tocamientos impúdicos”, hechos por los cuales y luego del juicio oral se emitió la Sentencia 01/2012, que declaró a Reynaldo Vásquez Cerrudo, autor de la comisión del delito de Abuso Deshonesto, previsto y sancionado en el art. 312 con la agravación del art. 310 incs. 2), 3) y 4) del CP, condenándole a la pena de diez años de presidio, más daños civiles y costas a favor del Estado a calificarse en ejecución de Sentencia.

II.2. Apelación restringida y su Resolución