La interdicción es la demencia o enfermedad mental, motivo por el cual nuestra legislación en
La interdicción es la demencia o enfermedad mental, motivo por el cual nuestra legislación en el artículo 343 del Código de Familia señala: "El mayor de edad o menor emancipado que adolezca de enfermedad habitual de la mente que lo incapacite para el cuidado de su persona o sus bienes, debe ser declarado en interdicción y nombrársele un tutor aunque tenga intervalos lúcidos.”, así mismo, en el acápite del Código de Familia, referente a las reglas a observarse en los procesos de Declaración de Interdicción, sobre la comprobación del estado de salud mental del demandado, el artículo 422 del mismo cuerpo legal establece: “La comprobación del estado de salud mental del demandado se hará por informe médico-legal a producirse por los peritos que designen las partes, salvo que éstas convengan en atenerse a uno solo. En cualquier caso, el médico forense expedirá su informe, pudiendo el juez solicitar también la opinión de los jefes de sanidad o de establecimientos especializados. Serán admisibles otros medios de prueba corroborativos y complementarios.”; en virtud de lo mencionado se puede indicar que una característica particular de la declaración de interdicción es que está destinada y dirigida única y exclusivamente a los enfermos mentales en sus diferentes grados
- El recurso de casación en el fondo de fojas 127 a 130 vuelta, interpuesto por
- Que, mediante sentencia de fecha 30 de octubre de 2008 cursante de fojas 62 a
- En grado de apelación, interpuesta por María Cecilia Espinoza Lafuente, cursante de fojas 96 a
- 3.1. Denuncias del Recurso de Casación
- 2
- Que, el estado de salud mental deteriorado de su madre, fue comprobado por la misma
- Agrega que la expresión enfermedad emocional suele utilizarse para designarse un trastorno mental ligero, mientras
- 3
- Que, el certificado expedido por la psiquiatra, que se lee en la hoja 8, es
- Que, “el Tribunal de alzada no consideró la competencia de los peritos, la uniformidad de
- Que, en la audiencia de inspección ocular su madre le dijo a la juzgadora, que
- Finalmente solicita casar el Auto de Vista anulándolo
- Cabe mencionar que, la interdicción es el proceso a través del cual, evidenciándose el deterioro
- La interdicción es la demencia o enfermedad mental, motivo por el cual nuestra legislación en
- No existiendo ninguna evidencia de que el Tribunal de alzada haya violado, interpretado erróneamente o
- Así mismo se debe de considerar que la demandada se apersonó al proceso, oponiéndose a
- Otro aspecto también necesario, a ser tomado en cuenta es que la pretendida limitación a
- En referencia a la denuncia contenida en el punto 2 del recurso de casación, indica
- Con relación a la denuncia expuesta en el punto 3, por la que la demandante
- Cabe señalar que el cuestionamiento que hace la recurrente de la apreciación efectuada por el
- Lo propio sucede con la denuncia de supuesta vulneración de los artículos 1286, 1331, 1333,
- En mérito de las consideraciones precedentes, y respecto de las denuncias sobre las cuales el
- IV. POR TANTO
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
