b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs
b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs. 518 a 525.) formuló recurso de apelación restringida, siendo resuelto por Resolución de alzada, que lo declaró admisible y revocó la Sentencia, declarando al imputado autor del delito endilgado; ante dicha decisión, el imputado interpuso recurso de casación, determinando el Tribunal Supremo de Justicia dejar sin efecto el Auto de Vista impugnado; por lo cual se emitió el Auto de Vista 212 de 13 de noviembre de 2013, declarando admisible y procedente la apelación restringida, en consecuencia anulando la sentencia y ordenando la reposición del juicio
- Por memorial presentado el 9 de abril de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular (fs
- c) El recurrente, habiendo tomado conocimiento del referido Auto de Vista, interpuso recurso de casación,
- Del memorial que cursa de fs
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- El recurrente, respecto a la primera denuncia de que, el Tribunal de alzada incurrió en
- En cuanto al Auto Supremo “200007 – Sala Penal -2 379” (sic), dada la evidente
- En el segundo motivo constan dos tópicos: i) El primero referido a que, el Tribunal
- Ahora bien, respecto a la defectuosa valoración de la prueba, si bien se invocan los
- Por todo lo anterior se evidencia que no reúnen los requisitos previstos por los arts
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
