Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0337/2014-RRC
Fecha: 18-Jul-2014
II.4. Auto de Vista
II.4. Auto de Vista
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Por memorial presentado el 21 de febrero de 2014, que cursa de fs
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a) En mérito a la acusación particular (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, la recurrente (fs
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 168/2014-RA de 13 de mayo
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La recurrente solicita se declare procedente el recurso y se deje sin efecto el Auto
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Mediante el Auto Supremo 168/2014-RA de 13 de mayo, se admitió el recurso de casación
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II.1. Acusación particular
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El querellante fundamenta su acusación señalando que: “…en fecha 14 de diciembre de 2010, otorgó
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Lastimosamente a tanta insistencia de parte de mi persona para que se me cancele dicha
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Como su Autoridad podrá advertir la sociedad querellada y acusada, representada por sus apoderados, al
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II.2. Sentencia
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En el acápite subtitulado “RELACIÓN PROBATORIA” (sic), se concluyó que: “Durante la sustanciación del juicio,
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SEGUNDO: Por las Cartas Notariadas de fecha 21 de febrero de 2011 y 6 de
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TERCERO
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CUARTO: Se a demostrado que la imputada Ángela Isabel Sánchez Peña de Romero a subsumido
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QUINTO: En lo que respecta al delito de Giro Defectuoso de Cheque y de la
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Con estos argumentos el Juez de Sentencia condenó a la recurrente por el delito de
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II.3. Apelación
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Mediante recurso de apelación restringida, la imputada Ángela Isabel Sánchez Peña de Romero denunció: Ilegal
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II.4. Auto de Vista
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El recurso de apelación restringida, fue resuelto mediante el Auto de Vista impugnado, que al
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Antes de realizar la labor de contraste encargada por el art
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III.1. Del precedente contradictorio invocado
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Cuando el Tribunal de Apelación detecte un defecto absoluto de procedimiento, sentencia, vicio sustantivo y/o
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III.2. Análisis del caso concreto
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Por lo expuesto, se concluye que al no existir contradicción entre el Auto de Vista
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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