De otro lado enfoca su fundamento en la minoría de edad que tenían los herederos
De otro lado enfoca su fundamento en la minoría de edad que tenían los herederos al año de 1979 (inicio del cómputo de la usucapión), y en esa lógica señala que no podían defenderse por la edad con que contaban. A esto afirma que los menores de edad gozan de protección especial en cuanto a la administración de sus bienes, aludiendo al art. 265 y 266 del Código de familia, a lo que enfatiza que no habiendo norma expresa que establezca el término de la usucapión no corre contra bienes de menores se debe considerar el art. 1502 -6) del Código Civil que establece que la prescripción no corre en los casos establecidos por ley, y acota que el término de la usucapión de bienes de menores debe iniciarse a partir del momento que el menor alcanza la mayoría de edad, interpretación que materializa los fines de la Constitución
- Silva, Juan Carlos Florero Silva y terceros posibles interesados
- Proceso: Delación, colación y división de herencia
- CONSIDERANDO I:
- Por otro lado, en relación al proceso acumulado, declara probada la demanda de usucapión decenal
- Contra la determinación en Sentencia Juan Carlos� Florero� Silva y Florencia Solares Gutiérrez Vda
- CONSIDERANDO II:
- De otro lado enfoca su fundamento en la minoría de edad que tenían los herederos
- Concluye señalando que interpone recurso de casación y nulidad por vulneración de derechos y garantías
- El recurso interpuesto no efectúa una distinción de las infracciones acusadas en la forma y
- En relación a la disconformidad dela respuesta de que el de cujus no intentó acción
- En relación a la problemática de fondo planteada, respecto a la minoría de edad que
- Sobre lo señalado, en el presente caso se hace incidencia que la posesión de los
- Por todo lo señalado precedentemente, se evidencia que el recurso de casación no contiene el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda. Rita Susana Nava Durán
- Registrado en el Libro de Tomas de Razón: Cuarto
