Auto Supremo AS/0351/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0351/2014

Fecha: 03-Jul-2014

El recurso interpuesto no efectúa una distinción de las infracciones acusadas en la forma y

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
El recurso interpuesto no efectúa una distinción de las infracciones acusadas en la forma y en el fondo, sin embargo por el principio pro actione, se procede al análisis de las mismas conforme las siguientes consideraciones:
El recurrente acusa falta de fundamentación respecto al punto apelado de derechos de minoridad e interrupción de la usucapión lo cual vulnera los derechos de la minoridad, siendo que el fundamento de apelación era que estaba corriendo supuestamente el plazo de la usucapión a los demandados que eran menores de edad. A esta alegación se debe responder señalando que el Ad quem en la Resolución recurrida otorgó respuesta sobre ese aspecto indicando que: “…aún se sustancie una demanda de usucapión contra menores, la ley no ha previsto una suspensión de los términos de la prescripción contra los menores, entonces los menores están sujetos al derecho común y por ende a las consecuencias del transcurso de dichos términos…”, en ese sentido, más allá del agrado o no de la repuesta brindada, el Tribunal de Alzada cumplió con la carga de absolver el agravio deducido en la apelación, lo que hace inconducentecualquierreclamo en la forma sobre dicho aspecto