Por memorial presentado el 14 de julio de 2014, que cursa de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 356/2014-RA
Sucre, 30 de julio de 2014
Expediente: Chuquisaca 18/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Juan Zapata Suárez
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de julio de 2014, que cursa de fs. 369 a 373, Juan Zapata Suárez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 198 Bis/2014 de 16 de junio, cursante de fs. 342 a 346, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48, en relación al 33 inc. m), de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 356/2014-RA
Sucre, 30 de julio de 2014
Expediente: Chuquisaca 18/2014
Parte acusadora: Ministerio Público
Parte imputada: Juan Zapata Suárez
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 14 de julio de 2014, que cursa de fs. 369 a 373, Juan Zapata Suárez, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 198 Bis/2014 de 16 de junio, cursante de fs. 342 a 346, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por el delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48, en relación al 33 inc. m), de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 14 de julio de 2014, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el imputado interpuso apelación restringida, que fue resuelta por Resolución
- c) Notificado el recurrente con el último Auto de Vista pronunciado, el 7 de julio
- Del memorial que cursa de fs
- 2) Como segundo agravio arguye que, el Tribunal de apelación incurrió en omisión de fundamentación
- 3) Finalmente manifiesta que, los Vocales tampoco habrían considerado su primer motivo de apelación referido
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- Respecto al Auto Supremo 171 /2012 de 24 de julio, no será considerado en el
- Sobre los motivos segundo y tercero, en los que se denuncia que, el Tribunal de
- Consiguientemente, toda vez que el Tribunal de apelación no ingresó a resolver en el fondo
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
