Prosiguiendo el trámite, se adjuntó el certificado requerido y automáticamente se reinició el cómputo
Prosiguiendo el trámite, se adjuntó el certificado requerido y automáticamente se reinició el cómputo para la emisión de la Sentencia, que fue dictada el 26 de agosto de 2013, así desprende los datos de los actos desarrollados en proceso; por lo que realizando el cómputo del plazo para dictar la Sentencia, desde el decreto de Autos, descontando el periodo de vacación judicial y el lapso de tiempo por la facultad del art. 378 del Código de Procedimiento Civil, transcurrió 36 días habiendo el Juez de la causa dictado dentro el margen previsto por el art. 204.I.1) del Código procesal de la materia, no existiendo conculcación a ninguna de las normas referidas por el recurrente
- Proceso: Declaración judicial de paternidad
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de fondo que es apelada por la parte demandada por escrito de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa también vulneración del art
- Señala conculcación de los arts
- Prosigue señalando la violación de los arts
- Concluye señalando que corresponde al Tribunal Supremo de Justicia pronunciar Auto anulando obrados hasta el
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la forma, se denuncia conculcación del art
- En el marco de lo anotado, mediante decreto de fs
- Prosiguiendo el trámite, se adjuntó el certificado requerido y automáticamente se reinició el cómputo
- En relación a la vulneración del art
- Respecto la violación de los arts
- En relación a la violación de los arts
- En consecuencia éste Tribunal Supremo de Justicia, por el razonamiento vertido, emite Resolución en
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
