Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el articulo 42 parágrafo I numeral 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 núm.1) y 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma, e IMPROCEDENTE el recurso de casación en el fondo, interpuesto por Erwin Gutiérrez Suárez por sí y en representación de Eldy Gutiérrez Suárez, Marlene Gutiérrez Suárez y Maximiliano Gutiérrez Suárez, contra el Auto de Vista de 11 de febrero de 2014. Con costas.
Se regula el honorario del abogado en la suma de Bs. 700.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
Se regula el honorario del abogado en la suma de Bs. 700.-
Regístrese, comuníquese y devuélvase.
Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
- Proceso: Declaración judicial de paternidad
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de fondo que es apelada por la parte demandada por escrito de fs
- DE LOS HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Acusa también vulneración del art
- Señala conculcación de los arts
- Prosigue señalando la violación de los arts
- Concluye señalando que corresponde al Tribunal Supremo de Justicia pronunciar Auto anulando obrados hasta el
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- En la forma, se denuncia conculcación del art
- En el marco de lo anotado, mediante decreto de fs
- Prosiguiendo el trámite, se adjuntó el certificado requerido y automáticamente se reinició el cómputo
- En relación a la vulneración del art
- Respecto la violación de los arts
- En relación a la violación de los arts
- En consecuencia éste Tribunal Supremo de Justicia, por el razonamiento vertido, emite Resolución en
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
