Auto Supremo AS/0176/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0176/2014

Fecha: 15-Ago-2014

Refiere, que la revisión excepcional y eventual de Oficio, proceden cuando existen violaciones flagrantes al


Refiere, que la revisión excepcional y eventual de Oficio, proceden cuando existen violaciones flagrantes al debido proceso, que es lo mismo la vulneración de derechos fundamentales, constituyendo dichas infracciones en defectos absolutos de procedimientos, insubsanables e inconfirmables, tal es el caso del auto de vista cuestionado, es decir que tratándose de la presencia de vicios absolutos, el proceso deberá ser anulado aun sin la invocación oportuna de un precedente contradictorio, citando el auto supremo N° 280/04; el auto supremo Nº 242 de 6 de Julio de 2006