La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida
POR TANTO
La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley Nº 212, dispone conforme el art. 419 del Código de Procedimiento Penal, declarar FUNDADO el recurso de Casación interpuesto y deja sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenado se dicte un nuevo Auto de Vista conforme a la doctrina legal vinculante dictada
La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida por la Disposición Transitoria Octava de la Ley del Órgano Judicial, art. 8-II) de la Ley Nº 212, dispone conforme el art. 419 del Código de Procedimiento Penal, declarar FUNDADO el recurso de Casación interpuesto y deja sin efecto el Auto de Vista impugnado, ordenado se dicte un nuevo Auto de Vista conforme a la doctrina legal vinculante dictada
- VISTOS: El recurso de Casación planteado por Narciso Polares Porcel y el Auto Supremo Nº
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- La decisión del Auto de Vista de anular la Sentencia es expresada en los siguientes
- III.- VERIFICACIÓN DE LA EXISTENCIA DE CONTRADICCIÓN CON EL PRECEDENTE INVOCADO EN EL RECURSO
- 5.- DOCTRINA LEGAL APLICABLE ASUMIDA EN EL PRECEDENTE.- El recurrente cita como precedentes contradictorios
- En consecuencia de lo expuesto se tiene que el Auto de Vista impugnado, actúa ilegalmente
- A tiempo de dictar la nueva sentencia el Tribunal de apelación, deberá considerar y explicar
- Conforme ha establecido el Tribunal Supremo de Justicia, los argumentos y razones expuestos en el
- La Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia, de acuerdo con la facultad conferida
- Conforme establece el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
