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5.- Se habría concluido que el documento de 17 de diciembre de 2001 fuera nulo por imperio del art. 1004 del Código Civil, pero habrían aplicado indebidamente la referida disposición, pues al momento de la adquisición por compraventa dejaría de ser un derecho adquirido por sucesión hereditaria
- Sánchez Aguilar
- Distrito: Oruro
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Asimismo se declara PROBADA la demanda ordinaria de nulidad de documento privado de compra venta
- Contra la referida Sentencia interpusieron recurso de apelación José Sánchez Aguilar por memorial de fs
- En mérito a esos antecedentes, la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de
- HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- Sin embargo -dice- revisado el recurso de apelación y el Auto de vista, se evidenciaría
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- De lo expuesto se tendría que la fundamentación de la resolución es carente de algunos
- Sin embargo –dicen- habrían obviado pronunciarse sobre ese extremo y vulnerando el art
- Se demostraría violación de los Art
- Que por lo expuesto solicitan se conceda el recurso de casación y/o nulidad a
- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De lo manifestado precedentemente se concluye que el recurso de casación en el fondo y
- Ese entendimiento, ha sido expuesto de manera reiterada en la jurisprudencia emitida por el Tribunal
- De lo anterior y la incongruencia con la que se planteó emergiendo de ello la
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se regulan los honorarios del profesional abogado en la suma de Bs. 1.000
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
